martes, 16 de octubre de 2012

Consejo Consultivo de Canarias

En el Boletín Oficial de Canarias del jueves pasado (11 de octubre), que se corresponde con el número 200 (http://sede.gobcan.es/boc/boc-a-2012-200-5029.pdf), apareció publicado el siguiente Decreto:
II. Autoridades y personal
Nombramientos, situaciones e incidencias
Presidencia del Gobierno
5029 DECRETO 103/2012, de 5 de octubre, del Presidente, por el que se nombra a los miembros del Consejo Consultivo de Canarias.
De conformidad con el artículo 4 de la Ley 5/2002, de 3 de junio, del Consejo Consultivo de Canarias.
Visto que el Parlamento de Canarias en sesión plenaria celebrada el día 11 de junio de 2012 ha propuesto como miembros del Consejo Consultivo de Canarias a D. Alfredo Belda Quintana, D. Augusto Lorenzo Tejera, D. Luis Fajardo Spínola y D. Óscar Bosch Benítez.
Visto que el Gobierno de Canarias en sesión celebrada el día 4 de octubre de 2012 ha propuesto como miembros del Consejo Consultivo de Canarias a D. Alejandro José Brito González, D. Carlos Millán Hernández y D. Antonio Lazcano Acedo.
D I S P O N G O:
Nombrar miembros del Consejo Consultivo de Canarias a:
- D. Alfredo Belda Quintana.
- D. Augusto Lorenzo Tejera.
- D. Luis Fajardo Spínola.
- D. Óscar Bosch Benítez.
- D. Alejandro José Brito González.
- D. Carlos Millán Hernández.
- D. Antonio Lazcano Acedo.
Una vez producida la toma de posesión de los miembros nombrados en el presente Decreto cesarán en el ejercicio de sus cargos los Consejeros D. Carlos Millán Hernández, D. Antonio Lazcano Acedo, D. Rafael Díaz Martínez, D. Óscar Bosch Benítez, D. Francisco Reyes Reyes, D. José Suay Rincón y D. Luis Fajardo Spínola, agradeciéndoles los servicios prestados.
Santa Cruz de Tenerife, a 5 de octubre de 2012. EL PRESIDENTE, Paulino Rivero Baute.
Es decir, muchos repiten. Son un calco de los políticos que los proponen. Deben vivir bien en la sede lagunera de la calle San Agustín (Casa Montañés, junto al Palacio de Lercaro). Que fue convenientemente restaurada, tras la adquisición por ese algo abstracto denominado Comunidad Autónoma, para que sus excelentísimas se hallaran cómodos (no vislumbro sino a hombres), algo primordial para emitir sus dictámenes, que, al no ser vinculantes, los gobernantes de turno se los pasan por el hueco de la Montaña de Tindaya. Pongo el ejemplo por si alguno de ellos pudiera guardar relación con el caso majorero.
Espiando por ahí me entero de que “El Consejo Consultivo de Canarias, supremo órgano consultivo de nuestra Comunidad Autónoma, se encuentra regulado por la Ley 5/2002, de 3 junio, a su vez desarrollada mediante el Reglamento de Organización y Funcionamiento, aprobado por Decreto 181/2005 de 26 de julio, debiéndose señalar que los aspectos más precisos de su funcionamiento están detallados en el Reglamento de Régimen interior.
La tarea del Consejo Consultivo viene determinada por el artículo 44 del Estatuto de Autonomía y consiste en velar por la adecuación a la Constitución y al Estatuto de los proyectos y proposiciones de Ley del Parlamento, fiscalizar la actuación administrativa y defender los derechos de los ciudadanos en determinados procesos administrativos.
La actividad del Consejo se lleva a cabo siempre a petición de una autoridad legitimada, ya sea de forma preceptiva o facultativa. El dictamen emitido es normalmente no vinculante.
El Consejo Consultivo de Canarias está integrado por siete Consejeros nombrados por el Presidente de la Comunidad Autónoma de Canarias; cuatro a propuesta del Parlamento de Canarias, por mayoría de dos tercios de sus miembros, y tres a propuesta del Gobierno, elegidos entre juristas de reconocida competencia y prestigio, con más de quince años de ejercicio profesional”.
La negrita es mía. ¿No te suena alguno de haber estado ejerciendo cargos políticos durante bastantes años? Si ello es así, ¿cómo demonios van a poseer ‘reconocida competencia’ si no han tenido tiempo sino de cobrar a fin de mes por estar cómodamente sentado en parlamentos? ¿Acaso es un órgano para que se refugien las viejas glorias (estilo Juan Carlos Alemán en la Audiencia de Cuentas)? Si cuando se ostenta un puesto en cualquier institución, en situación de servicios especiales, se mantiene la antigüedad, pudiera resultar que más de uno de los consejeros se haya pasado, es un mero ejemplo, dieciséis años de parlamentario y uno o dos en un bufete de abogados, con lo que cumple con los requisitos.
Y solo encuentran a funcionarios y pensionistas para aplicarles las tijeras. Sin osar inmiscuirme en sueldos, dietas, vehículos asignados, conductores, auxiliares, personal de limpieza…, lo mismo darle barniz a toda la madera de su aposento sale más caro que un centenar de comedores escolares, que una quincena de operaciones quirúrgicas…
Ya lo sé, lo mío es demagogia. Y, retomando el post de ayer, los concejales de cultura se las ven y se las desean para cumplir con sus programaciones. Por supuesto, los miembros del Consejo Consultivo tienen  todo el derecho a llamarme ignorante, y de paso emitir un informe negativo de mi comportamiento. Ruégoles que se lo hagan llegar a Paulino. Para que cualquier día que aterrice en El Sauzal se lo deje al común amigo Antonio, que, a buen seguro, me lo trasladará.

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